Beneficio de cuota mortuoria

¿en que consiste la cuota mortuoria? ¿quien puede solicitar el beneficio?

La Asignación por fallecimiento o conocida popularmente como beneficio de la cuota mortuoria es un beneficio que entregan las instituciones de previsión a quien se haga cargo de los servicios funerarios, con el objetivo de ayudar a financiarlos. Sin dudas se ha convertido una ayuda imprescindible para las familias Chilenas en uno de los momentos más difíciles, en este artículo esperamos resolver las dudas que puedan tener acerca de este beneficio.

Tabla de contenidos

¿Qué es la cuota mortuoria?

La cuota mortuoria es un beneficio que entregan las instituciones de previsión (IPS, AFP, Compañías de seguro, CAPREDENA y DIPRECA), dirigido a quien se haga cargo de los servicios funerarios, con el objetivo de contribuir al financiamiento de los gastos realizados.

Es una ayuda imprescindible en un momento difícil, en este artículo esperamos resolver las dudas que puedan tener acerca de este beneficio pero si aun tienes dudas puedes solicitar tu asesoría gratuita aquí.

¿Cuál es el monto del beneficio de esta asignación?

El monto de esta asignación dependerá de la institución en la que se encuentre afiliada la persona fallecida. Compartimos a continuación algunos de los montos por institución:

1.- La AFP deberá entregar el equivalente a 15 Unidades de Fomento.

2.- El instituto de previsión social (IPS) entregará el equivalente a 3 ingreso mínimos mensuales para fines no remuneracionales, equivalentes al día de hoy a $734.832.

La compañías de seguro entregaran un beneficio de cuota mortuoria equivalente a 15 unidades de fomento.

3.- Capredena: “Permite solicitar a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) el dinero equivalente a un mes de pensión de retiro o montepío o un mes de remuneración del funcionario en servicio activo que falleció, el que será utilizado para cubrir sus gastos funerarios.

Si el gasto lo asume un tercero, es decir, las personas que no son beneficiarias del montepío, la asignación por muerte corresponderá a dos sueldos base mensuales del grado 18° de la escala de remuneraciones de las Fuerzas Armadas.”

4.- Dipreca: Permite solicitar el pago de los gastos funerarios del personal activo, o pensionados o pensionadas de retiro, o montepíos de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) que falleció.

La cuota mortuoria se pagará a la persona a quien fue emitida la factura de los gastos funerarios.

¿Qué normativa regula la cuota mortuoria?

Se encuentra regulado por el articulo 88 del D.L. 3500, puedes acceder a la ley que rige la cuota mortuoria en este enlace.

¿Dónde se obtienen los fondos?

Los fondos se obtienen del disponible en la cuenta de capitalización individual del afiliado, en caso de no tener saldo suficiente y el causante haya sido beneficiario del sistema de pensiones solidarias, la diferencia para alcanzar las 15 UF será aportada por el IPS.

¿Quiénes son beneficiarios?

Podrá hacer uso del beneficio quien se hubiere hecho cargo de los gastos del funeral, si dicha persona no se presentara, el beneficio corresponderá al conyuge o convivíente civil, a los hijos o a los padres del fallecido.

¿Qué documentos son necesarios para el cobro de la cuota mortuoria?

Serán necesarios: Certificado de defunción, Factura con detalle de quien realizo los gastos, completar un formulario institucional, excepcionalmente cuando transcurrieran más de 30 días desde el fallecimiento se exigirá una copia de la autorización de sepultación

Formas de realizar el tramite

Producto de la contingencia generada por el COVID-19 las instituciones han desarrollado plataformas para la gestión del trámite online, lo que se suma a la tradicional gestión física en las sucursales.

¿Es posible usar la cuota mortuoria como medio de pago?

Efectivamente, podrá hacer uso de este beneficio tanto para financiar una parte o el total de los gastos funerarios según sea el plan elegido, realizando una autorización simple para que la cuota mortuoria sea cobrada por la funeraria.

En resumen

Institución de previsión

Monto del beneficio

Documentos requeridos

¿Como hacer el tramite?

Instituto de previsión social IPS

3 IMMS ($734.832)

Factura de gastos funerarios

Certificado de defunción

En las oficinas de Chileatiende

La funeraria puede hacerlo por usted.

Administradoras de Fondos de pensión AFP

15 UF

Factura de gastos funerarios

Certificado de defunción

Certificado de sepultación

Oficinas de la AFP correspondiente.

La funeraria puede hacerlo por usted.

Compañias de seguro

15 UF

Factura de gastos funerarios

Certificado de defunción

Certificado de sepultación

Oficinas de la compañia de seguro correspondiente.

La funeraria puede hacerlo por usted.

CAPREDENA

Un mes de pensión

Factura de gastos funerarios

Certificado de defunción

Liquidación de pensión

Oficinas de CAPREDENA

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