¿Cuántos días me corresponden por el fallecimiento de un familiar en Chile?

El fallecimiento de un ser querido es un momento de profundo dolor, y en esos instantes es fundamental contar con el tiempo necesario para vivir el duelo y realizar los trámites correspondientes. En Chile, la legislación laboral contempla un permiso especial para los trabajadores que enfrentan la pérdida de un familiar directo. A continuación, detallamos cuántos días corresponden según el parentesco.

1. Fallecimiento de padre o madre

Según el Código del Trabajo de Chile, en su Artículo 66, los trabajadores tienen derecho a un permiso pagado de tres días hábiles en caso de fallecimiento de su padre o madre. Este permiso comienza a contar desde el día en que ocurre el deceso, salvo que el trabajador esté haciendo uso de otro permiso o feriado legal, en cuyo caso se inicia una vez finalizado ese período.

2. Fallecimiento de cónyuge o hijo

El mismo artículo establece que en caso de fallecimiento de un cónyuge o hijo, el permiso es de siete días corridos, también con goce de sueldo.

3. Fallecimiento de hermanos, abuelos y tíos

Para el caso de hermanos, abuelos y tíos, la legislación laboral chilena no contempla un permiso obligatorio. Sin embargo, algunas empresas pueden ofrecer días adicionales por convenio colectivo o acuerdos internos. En estos casos, es recomendable revisar el contrato de trabajo o hablar directamente con el empleador.

4. Fallecimiento de primos y otros familiares lejanos

Para primos, sobrinos y otros familiares que no sean directos, no existe un permiso legal obligatorio. En estas circunstancias, el trabajador podría hacer uso de días administrativos, solicitar una licencia médica en caso de necesitar un período más prolongado para afrontar el duelo o negociar con su empleador la posibilidad de ausentarse.

Consideraciones importantes

  • El permiso es irrenunciable, lo que significa que el empleador no puede negarlo ni condicionarlo.
  • Es remunerado, por lo que el trabajador recibe su sueldo con normalidad.
  • No es descontado de las vacaciones, ya que es un derecho independiente.
  • Debe ser solicitado al empleador, generalmente presentando el certificado de defunción como respaldo.

En la Funeraria Sagrado Corazón, comprendemos la importancia de acompañar a las familias en estos momentos difíciles. Por eso, ofrecemos asesoría integral en trámites funerarios para que puedas enfocarte en lo realmente importante: despedir a tu ser querido con el respeto y amor que merece.

Si necesitas más información o apoyo, no dudes en contactarnos. Estamos aquí para ayudarte.

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